En la Sede Electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, mediante el enlace a la aplicación informática del nuevo registro de régimen retributivo específico. En este enlace, y mediante certificado electrónico (DNI electrónico o certificado electrónico de persona física o jurídica) podrá acceder a los datos de su instalación.
Según la Disposición transitoria primera del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, las inscripciones en el registro de régimen retributivo específico tienen dos estados: Preasignación y Explotación. Tras la inscripción automática inicial:
- Quedarán inscritas en estado de preasignación aquellas instalaciones que en el momento de realizar la inscripción automática no estén dadas de alta en el sistema de liquidación de la CNMC, y que tuvieran reconocida retribución primada.
- Quedarán inscritas en estado de explotación aquellas instalaciones que en el momento de realizar la inscripción automática estén dadas de alta en el sistema de liquidación de la CNMC, sin perjuicio de lo previsto en las disposiciones adicionales séptima y octava del Real Decreto 413/2014, de 6 de junio.
Según la Orden IET/1168/2014, de 3 de julio, las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos que tuvieran reconocida retribución primada a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, han sido inscritas automáticamente en el registro de régimen retributivo específico con fecha 9 de julio de 2014.
Los datos de las instalaciones existentes en dicho registro pueden consultarse a través la aplicación informática del nuevo registro de régimen retributivo específico.